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Jueves, 27 Agosto 2015

¿Cuándo deben anotarse las facturas recibidas en su correspondiente libro registro?

¿Cuándo deben anotarse las facturas recibidas en su correspondiente libro registro?
La contabilización de las facturas recibidas en el libro registro de facturas recibidas deberá haberse efectuado, a partir de la recepción de las mismas, con anterioridad a la finalización del plazo reglamentariamente establecido para la presentación de la declaración-liquidación en la que el sujeto pasivo haya decidido consignar y deducir las cuotas del impuesto previamente soportadas.

Normativa/Doctrina:

Artículo 69 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de diciembre de 1992 .

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2629 - 14 , de 07 de octubre de 2014.

Fuente: Agencia Tributaria.

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